Una de las preguntas más habituales que me plantean los clientes es:
“Ignacio, ¿cuánto tarda la Ley de la Segunda Oportunidad?”
Quien acude a este procedimiento suele vivir con angustia, embargos y llamadas de recobro.
Por eso es lógico querer saber cuánto durará el proceso hasta conseguir la ansiada cancelación de las deudas.
A continuación explico los plazos reales, qué factores influyen y cómo es posible acelerar el procedimiento en determinados casos.
⏳ Tiempo medio del procedimiento: entre 6 y 12 meses
Aunque la duración exacta depende de cada juzgado y de la complejidad del caso, en la práctica profesional estos son los plazos más habituales:
🚀 Casos sencillos: 6–9 meses
🔎 Casos estándar: 9–12 meses
📂 Casos complejos: 12–18 meses o más
⚠️ ¿Qué se considera un caso complejo?
Aunque a veces se piensa que un caso complejo es simplemente el que tiene muchas deudas o acreedores, la realidad es que la verdadera complejidad aparece cuando los clientes tienen bienes de alto valor (inmuebles, vehículos de gama alta, participaciones societarias, etc.).
¿Por qué?
Porque en estos supuestos el deudor debe optar entre dos caminos:
🔹 1. Liquidar los bienes
Es decir, venderlos dentro del concurso para pagar a los acreedores.
🔹 2. Presentar un plan de pagos
Una alternativa que permite conservar determinados bienes, pero que exige justificar ingresos suficientes y un calendario realista.
Ambas opciones requieren trámites adicionales, informes, valoraciones y supervisión del juzgado, lo que hace que el procedimiento sea más largo y técnicamente más exigente.
⭐ Mi récord profesional: 130.875,98 € perdonados en menos de 3 meses
Aunque la Ley de la Segunda Oportunidad suele durar más tiempo, existen casos excepcionales.
En mi despacho conseguimos que a una clienta le perdonaran 130.875,98 € de deuda en menos de 3 meses desde la presentación de la demanda.
Fue un procedimiento extraordinariamente ágil gracias a la rapidez documental, la buena fe de la clienta y la eficacia del juzgado.
Pero es importante ser honesto: no siempre se puede replicar un plazo tan corto, porque depende en gran medida del juzgado que tramite el caso.
Aun así, demuestra que, en determinadas circunstancias, es posible cancelar deudas en muy poco tiempo.
📘 Fases del procedimiento y duración aproximada
1️⃣ Preparación de la documentación (2–8 semanas)
Cuanto antes se entregue todo, antes se presenta la demanda.
2️⃣ Presentación del concurso (1 semana)
Una vez preparado el expediente, se presenta ante el juzgado.
3️⃣ Admisión a trámite (1–3 meses)
Depende de la carga de trabajo del juzgado y puede variar mucho.
4️⃣ Tramitación judicial (3–12 meses)
Incluye comunicaciones a acreedores, informes, posibles alegaciones y, en su caso, intervención del administrador concursal.
5️⃣ Resolución y concesión de la EPI (1–2 meses)
El Auto de Exoneración pone fin a las deudas.
🛑 ¿Seguirán embargándome mientras?
En la mayoría de casos, podemos pedir la suspensión de embargos y procedimientos ejecutivos desde el primer momento, lo que da al cliente un respiro inmediato.
🟩 Cuándo se cancelan definitivamente las deudas
La deuda queda cancelada cuando el juez concede la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), normalmente entre los 6 y 12 meses desde que iniciamos el procedimiento.
A partir de ese momento:
- ya no debe nada a sus acreedores,
- se eliminan las presiones económicas,
- y puede empezar una nueva vida libre de cargas.
📞 ¿Quieres saber cuánto tardaría tu caso en particular?
Cada situación es distinta.
Si quieres que analice tus deudas, ingresos y circunstancias para estimar el plazo real de tu procedimiento, ponte en contacto conmigo:
Ignacio Sánchez Fernández de Piérola
Abogado especialista en la Ley de la Segunda Oportunidad
📲 Teléfono / WhatsApp: 651 408 685
📧 Correo: ignaciosanferabogado@gmail.com
Tu segunda oportunidad puede empezar hoy. ¿Hablamos?
Abogado Ley Segunda Oportunidad Sevilla


