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Abogado especialista en la Ley de la
Segunda Oportunidad

Abogado en Sevilla, Ley de la Segunda Oportunidad y créditos de banco

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¿Imaginas tu vida sin deudas, embargos ni llamadas de acreedores?

Con la Ley de la Segunda Oportunidad puedes empezar de cero y recuperar tu tranquilidad financiera y personal.

Beneficios de la Ley de la Segunda Oportunidad

01

Cancela hasta el 100% de tus deudas

02

Suspende los embargos de tu nómina

03

Cancela tus datos de ASNEF y CIRBE

04

Recupera tu tranquilidad y comienza de cero

¿Listo para empezar de nuevo?

Libérate de tus deudas y da el primer paso hacia una nueva etapa financiera, estable y tranquila.
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Estamos aquí para escucharte y ayudarte a empezar de nuevo, con seguridad, confianza y sin presiones.

Ignacio Sánchez, abogado especialista en Ley de la Segunda Oportunidad en Sevilla

Mi nombre es Ignacio Sánchez Fernández de Piérola

Mi nombre es Ignacio Sánchez Fernández de Piérola

Soy Ignacio Sánchez, abogado especializado en Derecho Concursal y en la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad. Ayudo a particulares y autónomos que atraviesan situaciones de sobreendeudamiento, ofreciendo soluciones legales claras, eficaces y adaptadas a cada caso.

He gestionado con éxito numerosos procedimientos de segunda oportunidad, consiguiendo que mis clientes vean perdonadas deudas por más de 1,9 millones de euros.

Mi objetivo es siempre el mismo: que quienes confían en mí recuperen su tranquilidad y puedan comenzar una nueva etapa sin cargas financieras.

En 2025 obtuve el Diploma de Alta Especialización en Insolvencia de Persona Física y Régimen de la Segunda Oportunidad, expedido por la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid, lo que refuerza mi compromiso con una formación continua y de máximo nivel en esta materia.

Además, cuento con experiencia en litigación civil y bancaria, especialmente en nulidad de cláusulas abusivas, tarjetas revolving, reclamaciones contra entidades financieras y conflictos patrimoniales y contractuales.

Desde el primer contacto mi forma de trabajar es clara: explicar con sencillez, diseñar una estrategia realista y acompañar en cada etapa del proceso. Creo firmemente que el Derecho debe estar al servicio de las personas, y por eso mi compromiso es ofrecer no solo soluciones legales, sino también apoyo y confianza en los momentos más difíciles.
Si te enfrentas a un problema legal y no sabes por dónde empezar, aquí encontrarás un abogado que habla claro, trabaja con rigor y defiende tus intereses con seriedad.

Lo que dicen de mí: testimonios de quienes ya han dado el primer paso hacia una nueva oportunidad.

Si estás listo para tomar el control de tu situación financiera

¡Te invitamos a conocernos y empezar juntos!

Preguntas Frecuentes

Aquí resolvemos las dudas más comunes sobre cómo manejar deudas, renegociar créditos y enfrentar problemas con entidades financieras. Encuentra respuestas claras y toma el control de tu situación económica.

La Ley de la Segunda Oportunidad es un mecanismo legal en España que permite a las personas físicas (tanto particulares como autónomos) liberarse de sus deudas, a través de un proceso judicial o extrajudicial. Esta ley permite la exoneración total o parcial de las deudas, dándoles a los deudores la oportunidad de empezar de nuevo financieramente, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

Con la Ley de la Segunda Oportunidad, puedes cancelar diversas deudas, principalmente las de tipo personal y no relacionadas con actividades fraudulentas. Algunas de las deudas que se pueden cancelar incluyen:

  • Créditos personales
  • Préstamos bancarios
  • Deudas con tarjetas de crédito
  • Deudas con proveedores (en el caso de autónomos)
  • Hipotecas, aunque bajo ciertas condiciones y si se cumple con los requisitos específicos.

Sin embargo, las deudas públicas como las de Hacienda o la Seguridad Social generalmente no son exonerables, a menos que se haya llegado a un acuerdo con estas entidades.

El BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) es una figura incluida en la Ley de la Segunda Oportunidad que permite a las personas físicas obtener la exoneración de sus deudas, siempre que hayan actuado de buena fe y hayan intentado previamente llegar a acuerdos con los acreedores. Es un mecanismo que permite empezar de nuevo una vez que se hayan cumplido las condiciones del proceso judicial.

El plazo de prescripción de una deuda depende del tipo de deuda. En general, las deudas prescriben en:

  • 5 años para deudas por créditos personales o préstamos.
  • 15 años para deudas hipotecarias.
  • 3 años para deudas derivadas de impagos de suministros (agua, gas, etc.).

Es importante tener en cuenta que, en algunos casos, la deuda puede reactivarse si el acreedor realiza alguna acción, como enviarte una carta de cobro.

Sí, si consideras que los intereses cobrados por un préstamo o crédito son abusivos, puedes reclamar. Existen leyes que protegen a los consumidores de los intereses desproporcionados, y puedes presentar una reclamación bancaria o incluso demandar judicialmente si se han aplicado condiciones ilegales.

La prescripción de una deuda depende del tipo de deuda que sea. En España, las deudas prescriben generalmente en los siguientes plazos:

  • 5 años para deudas personales (créditos y préstamos).
  • 15 años para deudas hipotecarias.
  • 3 años para deudas derivadas de impagos de suministros (electricidad, agua, etc.).

Para saber si una deuda está prescrita, debes comprobar si han pasado estos plazos y si no se ha realizado ninguna acción por parte del acreedor (como una reclamación o un proceso judicial) durante ese tiempo. Si han pasado los plazos establecidos y no se han iniciado acciones legales, la deuda podría estar prescrita.

No necesariamente. En algunos casos, el juez puede ordenar la liquidación de ciertos bienes para pagar parte de las deudas, pero esto solo ocurrirá si no se puede llegar a un acuerdo con los acreedores. En cualquier caso, el objetivo de la Ley de la Segunda Oportunidad es permitir al deudor comenzar de nuevo sin la carga de sus deudas, lo que implica que la venta de bienes solo se dará en casos extremos.

Para resolver los conflictos relacionados con productos bancarios, como comisiones abusivas o cláusulas suelo, puedes iniciar un proceso de reclamación bancaria. Esto puede implicar:

  • Solicitar la devolución de las comisiones o cargos indebidos.
  • Demandar la anulación de cláusulas abusivas (como las cláusulas suelo).
  • Si no hay acuerdo, puedes llevar el caso ante los tribunales. También se puede utilizar la Ley de la Segunda Oportunidad para reestructurar las deudas si las entidades bancarias no llegan a acuerdos.

Sí, en muchos casos las deudas se cancelan de forma definitiva, lo que se conoce como exoneración de deudas. Sin embargo, esto no es automático. El proceso debe ser aprobado judicialmente, y el deudor debe cumplir ciertos requisitos, como haber actuado de buena fe y no haber incurrido en fraude. Una vez que la exoneración sea otorgada, las deudas quedan canceladas para siempre.

Para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • No haber sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años.
  • No haber recurrido previamente a este procedimiento en los últimos 10 años.
  • No haber actuado de forma fraudulenta con las deudas.
  • Ser una persona física (particular o autónomo).
  • Haber intentado un acuerdo extrajudicial con los acreedores antes de recurrir a la vía judicial.

La Ley de la Segunda Oportunidad funciona en dos fases:

  1. Acuerdo extrajudicial de pagos: Se intenta llegar a un acuerdo con los acreedores para renegociar las deudas y establecer nuevas condiciones de pago.
  2. Exoneración de deudas: Si no se llega a un acuerdo, se inicia un proceso judicial para la exoneración de las deudas. El juez evalúa si se cumplen las condiciones para que el deudor quede libre de sus deudas.

La documentación necesaria incluye:

  • Identificación personal (DNI, NIE o pasaporte).
  • Certificado de empadronamiento.
  • Declaración de bienes y deudas.
  • Contratos de préstamos y créditos.
  • Justificantes de los ingresos y gastos del deudor.
  • Documentos que acrediten la insolvencia, como las nóminas, recibos, y declaraciones fiscales.

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